El Comité Municipal de la Red Nacional por la Transparencia Municipal demandó de las autoridades del Ayuntamiento de Santiago la realización de asambleas comunitarias para el Presupuesto Participativo Municipal y su inclusión en el Plan de Inversión correspondiente al Presupuesto Municipal 2017.
Manifestó la entidad que el Presupuesto Participativo Municipal es un mandato de la Constitución dominicana, la cual establece en el artículo 206 que “La inversión de los recursos municipales se hará mediante el desarrollo progresivo de presupuestos participativos que propicien la integración y corresponsabilidad ciudadana en la definición, ejecución y control de las políticas de desarrollo local”, siendo además el PPM un compromiso de la Estrategia Nacional de Desarrollo.
Radhames Gómez, coordinador del Comité Municipal de la Red Nacional por la Transparencia Municipal indicó que la Ley del Distrito Nacional y los Municipios No. 176-07 es clara cuando establece en el artículo 240 que para la realización del Presupuesto Participativo Municipal deberán realizarse asambleas comunitarias en todos los parajes y sectores del municipio.
En consecuencia la intención de las autoridades del Ayuntamiento de Santiago de no realizar las consultas comunitarias para la formulación del Presupuesto Participativo Municipal es violatoria de las disposiciones legales antes señaladas y del reglamento del PPM aprobado por el Concejo de Regidores, expresaron los representantes de la Red Nacional por la Transparencia Municipal en rueda de prensa realizada en la ciudad de Santiago.
Dijeron reconocer que las dos últimas gestiones del Ayuntamiento de Santiago han dejado como legado grandes deudas e irregularidades administrativas y que han violado al sistema que instituye el Presupuesto Participativo Municipal, caracterizándose por el incumplimiento con lo pactado con las comunidades.
Indicaron que el Ayuntamiento de Santiago no puede desconocer el derecho que les asiste a los ciudadanos y ciudadanas de participar activamente en la gestión municipal, siendo una responsabilidad de las autoridades locales estimular las asambleas comunitarias y organizar el proceso del Presupuesto Participativo Municipal como manda la Ley, estableciendo que hay comunidades a las que nunca ha llegado la inversión municipal y a las cuales les asiste el derecho a ser consultadas para que expongan sus necesidades.
Reclamamos que el lema «Es tiempo de Vivir en Orden» se cumpla al pie de la letra, pero con un ejercicio pluralista, abierto, participativo y democrático donde las comunidades se acerquen al Alcalde y a los distintos departamentos y comuniquen su problemática barrial y sectorial y sean recibidos sin muestra de rechazo por parte de los servidores públicos municipales; que el Concejo de Regidores desempeñe su función sin cortapisas, tal como lo prescribe la ley municipal en sus funciones normativas, de control y de fiscalización.
El artículo 236 de la Ley del Distrito Nacional y los Municipios No. 176-07 dispone que “Se instituye el sistema de Presupuesto Participativo Municipal (PPM), que tiene por objeto establecer los mecanismos de participación ciudadana en la discusión, elaboración y seguimiento del presupuesto del municipio, especialmente en lo concerniente al 40% de la transferencia que reciben los municipios del Presupuesto Nacional por la Ley, que deben destinar a los gastos de capital y de inversión, así como de los ingresos propios aplicables a este concepto”. Estableciendo en el artículo 240 que “se realizarán Asambleas Comunitarias en todos los parajes y sectores del municipio”.