Hablemos de Reforma Municipal

Por Faustino Collado

La reciente creación de la Comisión Presidencial para la Reforma Municipal, mediante el decreto No. 185-15, del 22 de abril de 2015, puede brindar una oportunidad de mejorar la administración municipal, lo que debe ser saludado, pero adolece de limitaciones orgánicas, conceptuales y de credibilidad, que debieran ser corregidos.

En el aspecto orgánico, existen exclusiones en su composición. Por ejemplo, no están representados los regidores de los municipios y vocales de los distritos municipales, ni tampoco la sociedad civil que desde hace decenios impulsa el desarrollo municipal; en el aspecto conceptual, debiera estructurarse una Comisión Nacional, donde no predominen los ministerios que actualmente le dan un sesgo centralista; y debiera clarificarse más sus propósitos, acciones y resultados esperados.

En cuanto a la credibilidad, esta es vital para lograr la participación de muchos actores y actrices que están desengañados de las comisiones y de los programas pasajeros con fines políticos. Un proceso de reforma municipal impulsado por el gobierno central debe partir de señales concretas de su disposición a ceder en cuanto a lo que le toca, sobre todo cuando hace más de 10 años que existen leyes, decretos y decenas de propuestas y recomendaciones que diferentes gobiernos, incluyendo el actual, no han cumplido, que de hacerlo mejorarán la vida de los municipios.

Como ejemplo de esto último, se puede citar el incumplimiento de la ley 163-03 que otorga un 10% del Presupuesto anual a los ayuntamientos. No es admisible que en 1998 los ayuntamientos recibieran el 3.98% del Presupuesto Público, y 18 años después reciban el 3.67%. De igual manera, la Ley del Distrito Nacional y los Municipios No. 176-07, artículo 19, establece que los ayuntamientos tienen competencias propias, y que podrán ejercer competencias compartidas y delegadas por el gobierno central, pero a casi 10 años de esta ley, aún no se ha delegado la primera función para aplicar la descentralización y fortalecer la gestión municipal.

Regresando al aspecto conceptual de la Comisión y a su misión, se debe estar conscientes que cuando se habla de reforma en el ámbito estatal, en este caso en el aspecto municipal, se trata fundamentalmente de un proceso político, y esto, a su vez quiere decir, un proceso donde está en juego la delimitación y distribución de poderes, la creación de condiciones para ejercerlos, y quiénes los ejercen, es decir, el tema de la participación. Y en este caso, donde se colocan frente a frente el poder central con el poder municipal, la reforma no puede ser otra que para dar más poder al municipio, no solo a los ayuntamientos, pues de lo contrario se trataría de una contrareforma.

Señalo esto porque cuando se analiza el decreto 85-15 se advierte una carga en los aspectos administrativos y técnicos modernizantes que se pretende impulsar desde esta Comisión Presidencial, que si bien no son despreciables ni necesariamente contradictorios con el aspecto de la redistribución y ejercicio de poderes o capacidad de decisión, pueden dejar las cosas donde mismo están, desde el ámbito político, para frustración de muchos.

Comprendo que para el caso municipal dominicano hace falta mucha eficiencia, es decir, se necesitan reformas administrativas, técnicas y de modernización, lo mismo que en la Administración central, pero si no se fortalece la autonomía, que es el tema político, lo que habrá será, en el caso de que se logre, una mejoría de la eficiencia arigoneada y dependiente del gobierno central, completamente vulnerable, de acuerdo al interés del Presidente de turno. Y eso no es lo que queremos.

Los auspiciadores de la reforma deben estar convencidos, si no quieren perderse en la bruma de la burocracia, que la reforma política debe preceder a la administrativa y modernizante o técnica, pues es el modelo político el que determinan los órganos administrativos, y estos a su vez las técnicas e instrumentos a utilizar. Es cierto que la experiencia nos dice que una técnica, como la de los servicios virtuales, e incluso como la “ventanilla única”, presiona hacia una reforma administrativa, y esta a su vez hacia la necesidad de la transparencia, al achicamiento del gobierno y a la reducción del clientelismo, pero son tan solo indicadores sin consecuencia política.

La prueba es precisamente el gobierno central, donde el “gobierno electrónico” se ha estado expandiendo, sin embargo, la nómina pública es cada vez más grande, se crean y dividen cada vez más instituciones, las Comisiones de Ética Pública no han podido ser independientes y los servidores públicos tienen temor de crear en cada institución las asociaciones de empleados que establece la Ley de la Función Pública No. 41-08.