La realidad ha superado la ficción de series televisivas y producciones literarias. Las referencias a los muchos títulos de Netflix o de novelas como las de Dan Brown, forman parte de las conversaciones en estos días grises de incertidumbres.
El coronavirus y su enfermedad el Covid-19 ha postrado sistemas de salud y liderazgos nacionales. Las redes sociales han estado cargadas de noticias de esperanza, lo mismo que de muerte. Fake news aparecen de manera incesante en las portadas de digitales: algunas notas de posibles vacunas, de soluciones científicas y otras de espanto y dolor ante centenares de personas que no logran rebasar un virus cuyo origen se pierde en las decenas de hipótesis que circulan, cargadas de esnobismo.
La Junta Central Electoral (JCE) ha remitido una comunicación solicitando a los partidos políticos su opinión sobre la viabilidad de posponer la fecha de las elecciones, ante la situación sanitaria del país, previstas originalmente para el tercer domingo de mayo, en esta ocasión el día 17. Las fuerzas políticas que terciarán en el certamen deben emitir sus criterios en un plazo de cinco días, contados desde la emisión de la comunicación de fecha 4 de abril de 2020.
La posibilidad de una extensión está prevista en la constitución dominicana, precisamente para casos como este, donde una causa de fuerza mayor, como lo es una pandemia, hace pensar en la inviabilidad de convocar a un pueblo a un acto masivo como el ejercicio del sufragio, con la posibilidad de contagiarse de la enfermedad que provoca este nuevo coronavirus.
La JCE indicó que esa fecha debería ser siempre antes del 16 de agosto de 2020, “en razón de que, como hemos señalado anteriormente el mandato constitucional de las actuales autoridades, concluye en esa fecha”.
Sin embargo el texto constitucional que fija la asunción al poder de las autoridades electas para el 24 de abril, para lo municipal, y 16 de agosto, para lo congresual y presidencial, de cada cuatro años, también contempla en el numeral 3 del artículo 266 que: “Todas las autoridades de carácter electivo mantienen sus atribuciones durante la vigencia de los estados de excepción”. De lo que se desprende que ante una situación difícil que llegue a procurar la extensión del estado de excepción queda fuera de discusión la postergación de los mandatos.
Pero volviendo al tema de las elecciones, el plazo para prorrogarlas también está previsto en el artículo 209 de la Constitución que en su numeral tres establece: “En los casos de convocatoria extraordinaria y referendo, las asambleas electorales se reunirán a más tardar setenta días después de la publicación de la ley de convocatoria. No podrán coincidir las elecciones de autoridades con la celebración de referendo.”
Son varias las voces que han manifestado que existen razones objetivas para una posposición de la cita electoral. El movimiento cívico no partidista Participación Ciudadana, propuso que la campaña electoral para las elecciones de primera vuelta sea desde el 14 de junio al 10 de julio y que las elecciones de primera vuelta sean celebradas el domingo 12 de julio. En el caso de una segunda vuelta la campaña sería desde el 14 al 24 de julio, siendo las votaciones el domingo 26. De este modo alcanzaría el tiempo para la toma de posesión el 16 de agosto próximo.
El Foro Permanente de Partidos Políticos Dominicanos (FEPPREDOM), ha propuesto la posposición de las elecciones para el 12 de julio y establecer la fecha de una eventual segunda vuelta el 26 del mismo mes. La Fundación Transparencia y Justicia llama “fórmula viable” a su sugerencia de que las elecciones sean cambiadas de fecha del domingo 17 de mayo al domingo 14 de junio, pero ante un plazo tan corto cabe preguntarse qué factibilidad entrañaría.